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Confirmaron el nuevo piso de Ganancias para 2022

Desde el Gobierno dieron a conocer cuál será el nuevo piso salarial que pagará el impuesto a las Ganancias a partir de enero. Por su parte, la AFIP publicará las actualizaciones en las próximas horas.

se espera que en las últimas horas del jueves la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publique los valores actualizados.
Actualizada: 23/12/2021 23:20
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Tras la actualización del piso de 150 mil pesos de acuerdo al índice salarial Ripte, desde enero de 2022 los salarios mensuales brutos menores a $225.937 quedarán exentos de pagar el impuesto a las Ganancias.

Mientras tanto, tampoco se tributará del Sueldo Anual Complementario (conocido como medio aguinaldo) a quienes su promedio mensual del primer semestre no sea mayor a esta misma cifra.

Esto fue confirmado por fuentes oficiales del Gobierno. Sin embargo, se espera que en las últimas horas del jueves la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publique los valores actualizados.

En cuanto al índice salarial por el que se fijó el nuevo aumento al piso para pagar Ganancias, es el porcentaje de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) que este año alcanzó una suba del 50,62%. De esta forma, el mínimo mensual bruto de 150 mil pesos pasó a ser de $225.937.

Esta variación es el producto de la comparación entre octubre de 2020 y el mismo mes de este año. Este método se usa desde 2018 de acuerdo a la ley aprobada en 2017.

Por otro lado, la deducción por cónyuge se modifica gracias a esta actualización, por lo que se pasará a pagar Ganancias a partir de los 235.457,25 pesos en este caso. Mientras tanto, por hijo el piso es de $118.741,97 y, en cuanto a hijos incapacitados para trabajar, puede llegar hasta $237.483,94.

Cabe destacar que la facultad del Gobierno para fijar el mínimo se menciona en la ley de Bienes Personales modificada esta semana, y que indica que el Poder Ejecutivo Nacional puede “incrementar, durante el año fiscal 2022, los montos previstos en el inciso z) del artículo 26 y en el anteúltimo párrafo del inciso c) del artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones”.

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